El feminicidio se comete cuando se causa la muerte de una mujer en razón a su condición de mujer o de género. Esta expresión introduce un elemento subjetivo del tipo, el cual se fundamenta en la motivación que debe llevar al sujeto activo a privar de la vida a una mujer. El móvil comporta no solo una vulneración al bien jurídico de la vida, sino también la lesión a la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres. Este tipo de violencia contiene acciones discriminatorias, además es una práctica instrumental dirigida a perpetuar el estado de dominación que se ejerce sobre la mujer y que mantiene las circunstancias de discriminación a las que está sometida. La violencia contra la mujer puede ser de tipo físico, sexual, psicológico y/o económico. La consagración del feminicidio como tipo penal autónomo reconoce la existencia de un contexto histórico de desigualdad y de relaciones de poder inequitativas, caracterizadas por el uso de estereotipos negativos, los cuales propician actos de discriminación y violencia extrema que pueden manifestarse antes o de manera simultánea a la muerte de una mujer. La tipificación del feminicidio respondió a la necesidad de crear marcos jurídicos que evaluarán la violencia contra las mujeres, en su dimensión sistemática y estructural. Así, se estableció que este es un tipo penal pluriofensivo, que responde a la realidad de que la violencia contra la mujer no es un hecho fortuito y aislado sino un hecho generalizado y sistemático, que afecta diversos bienes jurídicos como la vida, la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad.
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El feminicidio se comete cuando se causa la muerte de una mujer en razón a su condición de mujer o de género. Esta expresión introduce un elemento subjetivo del tipo, el cual se fundamenta en la motivación que debe llevar al sujeto activo a privar de la vida a una mujer. El móvil comporta no solo una vulneración al bien jurídico de la vida, sino también la lesión a la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres. Este tipo de violencia contiene acciones discriminatorias, además es una práctica instrumental dirigida a perpetuar el estado de dominación que se ejerce sobre la mujer y que mantiene las circunstancias de discriminación a las que está sometida. La violencia contra la mujer puede ser de tipo físico, sexual, psicológico y/o económico. La consagración del feminicidio como tipo penal autónomo reconoce la existencia de un contexto histórico de desigualdad y de relaciones de poder inequitativas, caracterizadas por el uso de estereotipos negativos, los cuales propician actos de discriminación y violencia extrema que pueden manifestarse antes o de manera simultánea a la muerte de una mujer. La tipificación del feminicidio respondió a la necesidad de crear marcos jurídicos que evaluarán la violencia contra las mujeres, en su dimensión sistemática y estructural. Así, se estableció que este es un tipo penal pluriofensivo, que responde a la realidad de que la violencia contra la mujer no es un hecho fortuito y aislado sino un hecho generalizado y sistemático, que afecta diversos bienes jurídicos como la vida, la dignidad humana, la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad.
Feminicidio. Estudio dogmático jurídico es un libro del género DERECHO del autor Piva Torres, Gianni Egidio editado por BOSCH TEXT en el año 2025.
Feminicidio. Estudio dogmático jurídico tiene un código de ISBN 9791387828004 y consta de 216 Páginas. En este caso se trata de formato papel, pero no disponemos de Feminicidio. Estudio dogmático jurídico en formato ebook.
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